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Funcionarios de EE. UU. Buscan demandantes contra las acciones de CoinGather incautadas en 2018 Alambres BTC

Las autoridades estadounidenses están buscando personas que puedan tener reclamos contra las tenencias de CoinGather, un intercambio de criptomonedas en la nube confiscado en 2018.

El intercambio de criptomonedas se incautó en marzo de 2018, una medida que se produjo mucho tiempo después de que el intercambio se desconectó y sus presidentes desaparecieron, actividades que alimentaron la convicción de que se había producido una estafa de salida. Como Bitcoin.com señaló en un informe de noviembre de 2017, el intercambio de criptomonedas fue poco en volumen (menos de $ 100,000, como lo indica la información de CoinMarketCap en ese momento).

En cualquier caso, la prueba de las redes sociales propuso que el intercambio de cifrado probablemente tenía algunos clientes, y ahora, el Departamento de Justicia de los EE. UU. Está tratando de encontrar a aquellos posiblemente afectados por el cierre.

Como lo indica una publicación del 29 de abril:

“Estados Unidos está buscando perder todas y cada una de las criptomonedas u otros activos digitales contenidos en billeteras de monedas virtuales que residen en el servidor Dell PowerEdge, número de serie JNFHSW1. Se podía acceder a estas billeteras a través del intercambio de criptomonedas «CoinGather», previamente disponible en línea en www.coingather.com. Si period un usuario registrado de CoinGather con criptomoneda en una billetera CoinGather el 21 de noviembre de 2017, es posible que tenga un reclamo válido «.

Una orden de arresto coordinada en el servidor, datos del 15 de abril, no revela cuánto dinero realmente el gobierno espera renunciar. Sin embargo, en cuanto a la planificación de posibles peticionarios, la orden señala:

«Le rogamos que, en caso de que necesite convertirse en un investigador en esta actividad, debe registrar un caso dentro de los treinta y cinco (35) días posteriores a la fecha en que se le envió esta notificación, lo que se demuestra en el endoso encerrado de administración y una respuesta a la Demanda por decomiso, o movimiento de la Regla 12, dentro de los veintiún (21) días posteriores a la documentación de su caso «.

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